El Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (Indec) recordó este viernes que aquellas personas que no respondan o mientan sobre los datos brindados en el marco del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2022, deberán pagar una sanción económica, según la Ley 17.622 . El valor de la multa se actualiza semestralmente y puede alcanzar los 100 mil pesos.
El Censo ya registró al 4% de las viviendas del país desde que se habilitó el formato digital, por el cual se puede completar de modo online el formulario. Por primera vez se podrá realizar desde la web y de forma presencial.
El avance técnico permitió que sea la primera vez que el Censo se pueda hacer vía web, lo que está habilitado desde el pasado 16 de marzo hasta el próximo 18 de mayo inclusive, fecha en la que se desarrollará el Censo 2022 de forma presencial, en el formato clásico con los censistas puerta a puerta.
Sin embargo, aunque las opciones para completar los datos se ampliaron, muchos dudan en no participar del Censo 2022, lo cual puede generar una penalidad, estipulada en la ley que regula este relevamiento estadístico nacional.
De acuerdo a la Ley 17.622 de 1968, se aplicará un castigo o pena económica sobre aquellas personas que “no suministren en término, falseen o produzcan con omisión maliciosa las informaciones necesarias para las estadísticas y los censos”.
Por lo tanto, no dar los datos o dar información “falseada” tiene como sanción el pago de una multa cuyos valores mínimos y máximos el Indec actualiza semestralmente. La última actualización de los montos, publicada el 22 de febrero de este año en el Boletín Oficial, lleva la firma del director del organismo Marco Lavagna.
En esa resolución, se estipula una multa mínima de $1.076,36 para los que no respondan o mientan en el censo, mientras que la penalidad máxima puede tocar los $106.799,35, según lo dispuesto por el organismo en la Resolución 25/2022.
A su vez, el organismo estatal recordó que es obligatorio responder a la totalidad de las 61 preguntas que integran el formulario del Censo 2022, según lo estipula el artículo 17 del Decreto 726/2020. Para aquellos que suministren la información de manera incompleta, les cabrá una multa dentro de los rangos comprendidos por la última resolución del organismo.